No hay un único plazo para reclamar un cargo del coche de alquiler: cuentan varios a la vez. El más corto suele ser el de tu contrato, porque algunas empresas te dan 14 días para discutir un daño. El banco admite solicitudes de devolución de ciertos cargos durante ocho semanas desde el adeudo. Y, si ninguna norma fija otro, la ley da cinco años para reclamar, un plazo que cada reclamación escrita interrumpe. La empresa, por su parte, tiene que responderte en quince días como máximo.
Si te acaban de cobrar algo, lo más seguro es reclamar por escrito cuanto antes y guardar la prueba de la fecha.
El plazo de tu contrato para discutir un daño
Algunas empresas fijan en sus condiciones un plazo para que discutas un daño. Según nuestra comparativa de las condiciones de diez empresas, solo cuatro lo hacen, y siempre es de 14 días: Goldcar, Record Go, Europcar y Hertz. Cada una lo cuenta desde un momento distinto (el fin del alquiler, el envío de los documentos o el informe de valoración), así que comprueba el tuyo en la guía de la empresa:
- Goldcar, Record Go, Europcar y Hertz: 14 días, según sus condiciones.
- Las demás empresas de la comparativa no fijan un plazo en días para discutir el daño.
Reclamar dentro de ese plazo es lo más seguro. Si ya ha pasado, puedes reclamar igualmente por escrito, aunque la empresa puede alegar que lo hiciste fuera de plazo.
El plazo de la empresa para responderte: quince días
Desde el 28 de diciembre de 2025, el artículo 21.3 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios obliga a las empresas a responder las reclamaciones «en el plazo más breve posible y, en todo caso, en el plazo máximo de quince días desde la presentación de la reclamación». El mismo artículo exige que te ofrezcan, al menos, una vía postal, una telefónica y una electrónica para reclamar, además del medio por el que contrataste.
Algunas empresas indican plazos más largos en su propio procedimiento de reclamaciones; Record Go, por ejemplo, habla de un mes. El plazo que fija la ley es el de quince días.
Cuando reclames a través del servicio de atención al cliente, la empresa debe darte una clave identificativa y un justificante de tu reclamación (artículo 21.2). Pídelo y guárdalo: es la prueba de la fecha.
Los plazos del banco
- Ocho semanas desde el adeudo para pedir al banco la devolución de un cargo que autorizaste sin un importe exacto, como un daño cargado después de devolver el coche, si se cumplen las condiciones del artículo 49 del Real Decreto-ley 19/2018.
- Trece meses como máximo para comunicar un cargo que no autorizaste, y siempre sin demora injustificada (artículo 43).
Te lo explicamos paso a paso en nuestra guía para anular o devolver un cargo de tarjeta.
El plazo para el arbitraje de consumo
Si la empresa acepta el arbitraje, la solicitud se presenta como máximo un año después de tu reclamación a la empresa, y la junta arbitral debe admitirla si ha pasado más de un mes sin que la empresa te comunique su resolución (artículo 35.2 del Real Decreto 713/2024). Todo el procedimiento está en nuestra guía del arbitraje de consumo.
El plazo legal general: cinco años
Según el artículo 1964.2 del Código Civil, las acciones personales que no tengan un plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. Es el plazo general para reclamar en los tribunales cuando ninguna norma fija otro.
Ese plazo se interrumpe, y vuelve a empezar, con la reclamación extrajudicial: por ejemplo, una reclamación escrita a la empresa (artículo 1973). También lo interrumpe la solicitud a la otra parte para iniciar una negociación sobre el asunto (artículo 7.1 de la Ley Orgánica 1/2025). Por eso conviene que cada reclamación quede por escrito, con fecha y con copia.
Ejemplo ficticio: un cargo que llega seis semanas después
Una persona devuelve el coche el 2 de marzo. El 14 de abril ve en su tarjeta un cargo de 600 € por daños. Ese mismo día escribe a la empresa pidiendo las pruebas del daño, guarda el justificante y, a la vez, pide a su banco la devolución del cargo, todavía dentro de las ocho semanas. La empresa tiene quince días para responder; si no lo hace en un mes, puede pedir el arbitraje de consumo, que solo seguirá adelante si la empresa lo acepta.
Este ejemplo no es un caso real ni demuestra que vaya a recuperar el importe.
Antes de ir a los tribunales
- Hay que intentar antes una negociación. Desde 2025, para que se admita una demanda civil hay que haber acudido antes a algún medio adecuado de solución de controversias, que puede ser la negociación directa entre las partes (artículo 5 de la Ley Orgánica 1/2025).
- Hasta 2.000 €, sin abogado ni procurador. En los juicios verbales por cuantía que no exceda de 2.000 €, puedes comparecer por ti mismo (artículos 23.2 y 31.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Antes de llegar ahí, tienes otras vías: la hoja de reclamaciones y la oficina de consumo de tu localidad o comunidad.
Preguntas frecuentes sobre los plazos para reclamar
¿Pierdo mi derecho si no reclamo el daño en 14 días?
El plazo de 14 días lo fijan algunas empresas en sus condiciones para discutir el daño con ellas. La ley prevé plazos más largos para reclamar, pero la empresa puede alegar que no reclamaste a tiempo, así que reclama dentro de esos 14 días siempre que puedas.
¿Desde cuándo cuentan los quince días que tiene la empresa para responder?
Desde que presentas la reclamación (artículo 21.3 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios). Por eso es importante guardar el justificante con la fecha.
¿Sirve un correo electrónico como reclamación?
Sí, si es una de las vías que la empresa ofrece para reclamar; la ley le exige ofrecer al menos un medio electrónico. Guarda el correo enviado y cualquier acuse de recibo. Para redactarla, usa nuestro modelo de reclamación por daños.
¿Qué pruebas debo guardar mientras tanto?
El contrato, el parte de recogida y de devolución, las fotos y vídeos del coche, los justificantes de combustible y todas tus reclamaciones con su fecha. Te explicamos cómo hacer fotos y vídeo al devolver el coche.
DE LA GUÍA A TU CASO
Comprueba qué dicen tus documentos.
ReclamaHoy conecta el cargo que discutes con el contrato, las fotos, las facturas y los correos. La revisión inicial gratuita muestra el importe en disputa y lo que respaldan tus pruebas para que puedas decidir.
Revisar mis documentos gratis →Sin tarjeta. Si hay dinero pendiente de recuperar, puedes obtener el análisis completo por 29,99 €, en un solo pago; incluye la reclamación personalizada si el análisis recomienda reclamar. Tú revisas y envías el escrito. Si no podemos completar una valoración fiable, te reembolsamos íntegramente. No garantizamos una devolución ni te representamos como un despacho de abogados.
Ver qué incluye el análisis completoFuentes y alcance de esta guía
Normas consultadas el 31 de octubre de 2026:
- Real Decreto Legislativo 1/2007, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, artículo 21 (apartados 2 y 3 en la redacción de la Ley 10/2025, de 26 de diciembre, en vigor desde el 28 de diciembre de 2025).
- Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago, artículos 43 y 49.
- Real Decreto 713/2024, Reglamento del Sistema Arbitral de Consumo, artículo 35.
- Código Civil, artículos 1964 y 1973.
- Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, artículos 5 y 7.
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, artículos 23 y 31.
- Plazos de cada empresa: sus condiciones oficiales, enlazadas en la guía de cada empresa y en la comparativa.
Orientación general para alquileres personales. La documentación, el país y la empresa contratante pueden cambiar la valoración y las vías disponibles. El servicio de ReclamaHoy está dirigido a adultos que alquilan en España, vivan donde vivan, y a residentes en España que alquilan en el extranjero.